Iridiscencias del Convenio 190 sobre la violencia y el acoso

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Date
2023-05
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El Convenio 190 OIT entraña la obligación del titular de la empresa de respetar, promover y asegurar el derecho a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso. Por tanto, más allá de abstenerse de incurrir o propiciar dichas conductas proscritas, los sujetos concernidos deben adoptar medidas destinadas a impulsar la cultura de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, y a garantizar -mediante normatividades y políticas preventivas, reparatorias y sancionatorias- la integridad de quienes se desenvuelvan en dicho ámbito
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Keywords
violencia, acoso, mundo del trabajo, integridad personal, OIT
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Chicago
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